Ante las declaraciones del subsecretario de Justicia de la
Ciudad de Buenos Aires, Dr. Javier Buján, la FALGBT desmiente que el Matrimonio
Igualitario de turistas violentaría tratados internacionales, y ratifica la
necesidad de avanzar en el mismo sentido que Santa Fe en todo el país.
La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales
y trans rechaza las declaraciones del subsecretario de Justicia
de la Ciudad de Buenos Aires Javier Buján en torno al matrimonio
igualitario de turistas en territorio nacional.
En dichas declaraciones realizadas a medios gráficos Buján
declaró que la habilitación del matrimonio de extranjeros residentes
transitorios "puede estar violentando un tratado internacional", en
referencia al Tratado de Montevideo de 1940 sobre Derecho Civil Internacional,
ya que en su opinión "no está en juego el matrimonio igualitario y el
derecho a casarse de los extranjeros sino el sistema de radicación".
Las mismas responden a la presentación del proyecto de Ley
que la legisladora porteña María Rachid (FPV) realizó junto a la FALGBT en la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que recoge el espíritu de
la resolución de la Dirección de Registro Civil de la provincia de Santa
Fe que habilitó el matrimonio de Sergio López y Simón Cazal el pasado 23 de
marzo en la ciudad de Rosario.
En relacion a las declaraciones de Buján Esteban
Paulón, Presidente de la FALGBT expresó "el matrimonio igualitario de
turistas no violenta ningún tratado internacional que haya suscripto nuestro
país y el Gobierno de la Ciudad lo sabe. El Tratado de Montevideo al cual hace
referencia Buján (firmado en 1940) sólo puede ser interpretado de buena fe
respetando el principio pro homine y garantizando el derecho a la no
discriminación por la orientación sexual de las personas y por su origen
nacional que surge de los Tratados sobre Derechos Humanos que sí tienen
jerarquía constitucional."
Asimismo agregó "quién ha violentado normas
de rango constitucional mediante medidas administrativas ha sido la Dirección
del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, la cual a dos
semanas de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario ordenó -mediante el
memorándum 527-DG-2010- exigir a uno/a de los/as contrayentes la presentación
del Documento nacional de Identidad donde conste el domicilio en la Ciudad de
Buenos Aires, estableciendo así -sin siquiera hacer público el acto- un
requisito que no surge del Código Civil ni está contemplado en la Constitución
Nacional."
Por su parte Alejandro Nasif Salum, Secretario de
Relaciones Internacionales de la FALGBT expresó "deseamos recordar
también que la supuesta 'discriminación inversa' citada por el Subsecretario de
Justicia constituye una 'medida de acción positiva', en el sentido de que busca
salvaguardar los derechos de un grupo cuyos derechos se ven vulnerados bajo un
pretexto inadmisible en nuestro ordenamiento jurídico. Cabe destacar que esto
se hace explícito en el proyecto de la Dip. María Rachid, y que las medidas de
acción positivas son contempladas por la propia Constitución de la CABA como
mecanismos válidos de remoción de obstáculos discriminatorios".
Fuente: Federación Argentina LGBT