El femicidio: una tarea pendiente

Según un relevamiento del Observatorio de Femicidios en la Argentina, en el primer semestre hubo 119 homicidios de mujeres por violencia machista. En al menos 16 casos, habían llegado a hacer denuncias. Por estas muertes, 161 hijas e hijos perdieron a su madre.

La cifra significa que cada tres días dos mujeres fueron asesinadas en el país por el hecho de ser mujeres. En siete de cada diez casos, el presunto agresor resultó el marido o ex pareja de la víctima. Uno de los daños colaterales más dramáticos de los femicidios es la cantidad de chicos y chicas que quedan huérfanos brutalmente: 161 hijas e hijos perdieron a su madre como consecuencia de la violencia de género, de los cuales al menos casi un centenar son menores de edad.

Si se compara con el mismo período de los últimos dos años, se nota un descenso de los femicidios: 152, en 2011 y 126, en 2010, frente a 119, en 2012. Sin embargo, Ada Beatriz Rico, directora del Observatorio, aclaró que al sumar los casos que ya se han registrado en julio y lo que va de agosto, se diluye la diferencia y la cantidad se equipara. El año pasado hubo al menos 260 femicidios, según el relevamiento de la ONG.

En los últimos días, la grabación del video que hizo Natalia Riquelme, la joven de Bahía Blanca, en el que registra la golpiza que le propina su ex marido, frente a su casa y delante de la hija pequeña de ambos, como recurso desesperado ante la inacción judicial tras 15 denuncias en contra del agresor, puso en primer plano la impunidad con la que pueden actuar perpetradores de violencia machista. 

Al menos en 16 de los femicidios del primer semestre de este año, las mujeres habían hecho denuncias, de acuerdo con los datos recabados por La Casa del Encuentro. Es decir, estaban intentando salir del llamado “círculo de la violencia”. En seis, los agresores tenían una orden de exclusión del hogar o prohibición de acercarse a la víctima, dictada por la Justicia, pero la medida –quedó en evidencia– no fue suficiente para evitar que las volvieran a agredir hasta matarlas.

De los 119 femicidios que contabilizó el Observatorio –sobre la base de los casos publicados en más de un centenar de medios–, en 59 hechos el presunto asesino fue el esposo o el novio, en 24, una ex pareja. Es decir, el grueso de los homicidios fue ejecutado por el marido o el ex. En los demás casos, las muertes fueron perpetradas aparentemente por otros familiares, vecinos o desconocidos.

En cuanto al modo en que fueron ultimadas, el Observatorio registró 13 mujeres que murieron como consecuencias de graves quemaduras, otras 23 también fueron quemadas en el marco de situaciones de violencia de género, pero lograron sobrevivir a los ataques.

La estadística muestra que de los 119 femicidios, 34 ocurrieron en la vivienda compartida con el femicida y 25 en la de la víctima, lo que significa que la propia casa puede resultar más peligrosa que la vía pública para muchas mujeres que se enfrentan al drama de la violencia doméstica. 

Otros 40 femicidios tuvieron lugar en la calle. La mayor parte de las mujeres muertas como consecuencia de la violencia machista tenían entre 19 y 50 años. “Llevamos adelante el informe de los femicidios, pero al mismo tiempo recibimos a las mujeres que vienen a La Casa del Encuentro en busca de orientación y ahí tomamos dimensión de todo lo que no hay y falta para enfrentar el problema; por ejemplo, en las comisarías no les toman las denuncias por violencia psicológica, o los recursos no llegan a aquellas mujeres de los sectores más pobres.

La policía debe actuar como un auxiliar indispensable de la Justicia. Si el Poder Judicial dicta una orden de exclusión o de no acercamiento, la policía deberá prestar toda su colaboración para que esta orden se cumpla. También la policía debe tomar estos casos con toda la seriedad que se merecen.

Legalmente hablando…

En el 2010 se promulgó y reglamento  la Ley n° 26.485, de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que éstas desarrollan sus relaciones interpersonales.

Otro antecedente significativo fue la sanción en el 2008 de la Ley 26.364 de Prevención de la Trata de Personas y Asistencia a sus víctimas. Y más recientemente, un nuevo paso fue el Decreto que prohíbe los avisos clasificados que promueven la oferta sexual (conocido como “Rubro 59”), con alcance a todos los medios gráficos, radiales y televisivos.

A su vez, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la n° 26.522, contempla la problemática de la violencia hacia la mujer colaborando a un cambio, estableciendo explícitamente la necesidad de promover desde los Medios de Comunicación el respeto de la Ley 26.485.

Esta Ley 26.485 viene a dar sentido a los derechos consagrados en otras legislaciones – la Ley n° 26.130 para las Intervenciones de Contracepción Quirúrgicas, la Ley n° 26.171 de aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Ley n° 26.150 de creación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, la Ley n° 26.472 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad que contempla el supuesto de Prisión Domiciliaria para Madres con hijos/as menores de cinco años y la Ley n° 25.929 de Derechos de Padres e Hijos/as durante el proceso de Nacimiento (Ley de Parto Humanizado).  

Establece que la violencia contra las mujeres es “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes” (art. 4 de la ley).

¿Cuál es la diferencia entre “Género” y “Sexo”?

“Género” refiere a características culturales, a diferencia de “Sexo” que denota atributos biológicos.

El “género” está dado por las actitudes, conductas, prácticas consideradas apropiadas para determinado sexo en una sociedad y una época. Esta construcción no está dada por la naturaleza sino que es una construcción social y se encuentra socialmente naturalizada.

Las relaciones desiguales de género son construcciones socio-culturales que refuerzan, consolidad y naturalizan los privilegios de un grupo humano sobre el otro.


 Fuente: Observatorio de Femicidios en la Argentina - INADI